See also Divorce and Remarriage.
Como una cortesía, la Iglesia Cristiana Reformada en Norte América le provee al lector esta traducción. Si usted tiene alguna pregunta o inquietud en cuanto a la calidad de esta traducción, por favor, contáctenos con sugerencias para mejorarla.
Para el reporte completo y la declaración exacta de la postura de la denominación sobre un tema en particular, el lector debe buscar las referencias provistas.
Postura
El matrimonio es una institución creada por Dios. Es una relación del pacto, establecida por votos mutuos entre un hombre y una mujer, unidos por Dios. La unidad permanente en el matrimonio es posible en Cristo y se requiere de los discípulos de Cristo que están casados.
Historia
Asuntos matrimoniales han sido abordados por la ICR numerosas veces en su historia. Alguna de las luchas se trataban de que si la Biblia provee motivos para el divorcio, si personas que se casan de nuevo cometen adulterio, como tratar la membresía de personas divorciadas y casadas de nuevo, y que consejo se les da a personas que están experimentando problemas matrimoniales, divorcio y nuevos matrimonios. La postura antigua de la ICR desde 1908 en adelante era que personas que se casan de nuevo después de un divorcio no bíblico están viviendo en adulterio continuo. Esa postura fue elaborada en 1947, pero no cambio hasta 1956. Ese año, el Sínodo declaró que no había evidencia bíblica para apoyar la tesis acerca de adulterio continuo. En 1968, el Sínodo decidió que tales asuntos era primeramente la responsabilidad de la iglesia y del consistorio, y que solamente deberían involucrar al classis bajo apelación, en lugar de hacerlo en toda instancia como era el caso. Decisiones recientes sobre asuntos matrimoniales surgieron del nombramiento de un comité sinódico de estudio en 1971, para establecer nuevas pautas de consejería para pastores y consistorios en relación al matrimonio, divorcio y nuevo matrimonio. El Sínodo 1973 no acepto el reporte del comité, pero comisiono un nuevo comité, el reporte del cual fue referido a las iglesias por el Sínodo de 1975. El Sínodo de 1977 no estuvo de acuerdo con su reporte, en gran parte por causa de las opiniones conflictivas sobre si hay o no motivos bíblicos para el divorcio.
Otro comité de estudio fue asignado para reexaminar y exponer las enseñanzas bíblicas sobre el divorcio y el nuevo matrimonio, y formular directrices pastorales con respecto al divorcio y el nuevo matrimonio. Este tercer comité de estudio reportó al Sínodo 1980, el cual aceptó la enseñanza bíblica del reporte sobre el matrimonio, el divorcio, y el nuevo matrimonio, y adoptó las directrices del reporte para el ministerio de la iglesia. Este reporte ha sido resumido en la declaración anterior de la postura de la iglesia. El sínodo no ha apoyado las propuestas y apelaciones posteriores con respecto a las directrices.
El Sínodo 2013 recibió dos propuestas pidiendo orientación en cómo aplicar la postura de la ICR en vista de la legalización de matrimonios del mismo sexo en Canadá (desde el 2005) y en muchos estados en los Estados Unidos, y el Sínodo respondió al nombrar un comité de estudio que reportara al Sínodo 2016. (mientras tanto, los Estados Unidos legalizó nacionalmente los matrimonios del mismo sexo el 26 de junio del 2015). En respuesta al Comité para proporcionar orientación pastoral sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo, el Sínodo de 2016 recibió el reporte mayoritario y minoritario del comité como información, recomendó una porción del reporte minoritario como orientación pastoral a las iglesias, y decidió “nombrar un nuevo comité de estudio para articular una teología bíblica fundamental de la sexualidad humana que preste atención en particular a los conceptos bíblicos de género y sexualidad” (Actas del Sínodo 2016, págs. 919). El Sínodo también decidió “Colocar una referencia a la orientación pastoral del reporte minoritario como un nuevo Suplemento a la Forma de Gobierno, Articulo 69-c (Actas del Sínodo 2016, p. 918). Este nuevo suplemento, Articulo 69-c, declara que la orientación pastoral . . . recomendada en el reporte minoritario . . . representa un ejemplo de cómo el Sínodo ha determinado que un matrimonio es considerado que está en conflicto con la Palabra de Dios.
En respuesta a una propuesta que buscaba un estudio de la moralidad y la conveniencia del matrimonio eclesiástico (no civil), el Sínodo de 2019 nombró un Grupo de Trabajo sobre Matrimonio Eclesiástico para investigar la legalidad y legitimidad moral de realizar tal ceremonia de matrimonio e informar al Sínodo de 2021. (Actas del Sínodo 2019, pp.791-92, 822-23).
Referencias a Las Agendas y Actas del Sínodo
Acts of Synod 1908, pp. 31, 39, 42
Acts of Synod 1947, pp. 17, 47, 65-69, 77-80, 238-45
Acts of Synod 1952, pp. 20-23, 123-52
Acts of Synod 1956, pp. 15-17, 55-59, 117-19, 285-327, 379-80
Acts of Synod 1957, pp. 87-90, 93-95, 105-7, 335-47
Acts of Synod 1968, pp. 60-61, 577-78
Acts of Synod 1971, pp. 112, 148, 632-40
Acts of Synod 1973, pp. 58-59, 108, 595-607, 744-45
Acts of Synod 1975, pp. 104, 488-514
Acts of Synod 1976, pp. 38-39, 85, 104, 458-96
Acts of Synod 1977, pp. 134-37, 149, 510-48, 681-82, 691-94, 697-99
Acts of Synod 1979, pp. 45, 137, 467
Acts of Synod 1980, pp. 40-41, 467-85, 592
Acts of Synod 1981, pp. 62, 614-17
Acts of Synod 1983, pp. 671-72
Agenda for Synod 1994, p. 239
Acts of Synod 1994, p. 485
Agenda for Synod 2000, pp. 507-8
Acts of Synod 2000, p. 711
Agenda for Synod 2013, pp. 418-20
Acts of Synod 2013, pp. 640-41
Agenda for Synod 2016, pp. 361-443
Acts of Synod 2016, pp. 914-21, 926-27
Agenda for Synod 2019, pp. 518-19
Acts of Synod 2019, pp. 791-92, 822-23, 827